Hay esperanza: Uno de Cada Tres Divorcios, ya se Resuelve con Custodia Compartida en España

La Custodia Compartida en España gana terreno

Impulsado por la legislación, el reparto igualitario y equitativo en el cuidado, atención y convivencia con los hijos de parejas divorciadas o separadas, se ha triplicado en los últimos diez años. ¿La mentalidad también está cambiando?

El Régimen de Custodia Compartida implica que tanto el padre como la madre se hacen cargo de los hijos y se reparten por igual el cuidado de sus descendientes. Este régimen de convivencia después de un divorcio, se ha triplicado en apenas 10 años. Esto quiere decir que uno de cada tres divorcios en España, acaba en una Custodia Compartida. Según los datos facilitados por el Instituto Nacional de Estadística, en 2007 los jueces sólo la concedían en una de cada 10 ocasiones. Diez años después, en uno de cada 3.

El incremento se debe a la normativa que se aplica ya en tribunales y en las comunidades autónomas y en un cambio de mentalidad de una sociedad más adaptada a las nuevas formas de familia. La presión ejercida por los ciudadanos para dar a conocer el tipo de Custodia Compartida, está dando sus frutos.

 

En el año 2005, la Custodia Compartida se incluye en el Código Civil español. En aquél año, sólo los casos en los que ambos progenitores estaban de acuerdo, obtenían este tipo de custodia. Si no había consenso, y de forma excepcional, la normativa preveía aplicarlo cuando lo reclama sólo uno progenitor y siempre y cuando se obtenga un informe favorable del Ministerio Fiscal. A partir del año 2011/2012, algunas comunidades autónomas comenzaron a aplicar una normativa propia. De momento, hay cinco autonomías que regulan de forma más favorable a la Custodia Compartida y que mejoran al Código Civil, estas son: Cataluña, Navarra, País Vasco, Aragón y Comunidad Valenciana. Estas comunidades junto con La Rioja y Baleares son las que registran mayor porcentaje de Custodia Compartida.

En el año 2013, el Tribunal Supremo da un empujón a este tipo de custodia, al denominarla «situación «normal e incluso deseable» tras un divorcio, por el bien de los hijos. Los procesos de divorcio, recogía una sentencia que sentó jurisprudencia, deben guiarse en exclusiva por el interés del menor. El Tribunal Supremo consideró que lo que mejor recoge ese interés es el derecho de los menores a «relacionarse con ambos progenitores». En 2016, el Tribunal Supremo indicó que la Custodia Compartida sólo puede ser acordada por un juez si al menos lo pide uno de los padres.

 

Cuando una pareja está casada, ambos tienen la custodia. Al separarse, el 70% de los hombres la pierde”,

Se queja Santiago Álvarez, presidente de la asociación Custodia Compartida por Nuestros Hijos. “Cuando se dice que un juez da la custodia a una madre, la realidad es que se la ha quitado al padre. Es una situación dramática, muchos padres lo pasan muy mal”, prosigue. “Si de verdad queremos igualdad, este es el mejor sistema”, explica.

“Defendemos una ley nacional que contemple la custodia compartida. Lo que no puede ser es que, en función de donde nazcan, haya ciudadanos que tengan más derechos que otros”, prosigue Álvarez. El PP intentó en julio de 2013 aunar la normativa en una ley general de custodia compartida, impulsada por el entonces ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, que no llegó a cuajar. El testigo lo va a retomar Ciudadanos, que ha anunciado que en los próximos días va a registrar una proposición de ley en el Congreso de los Diputados para unificar planteamientos en todas las comunidades autónomas y convertir la custodia compartida en preferente para los jueces, según informa Elsa G. de Blas.

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Corresponsabilidad

Los expertos reclaman estudios pormenorizados. Trabajos que ayuden, por ejemplo, a desvelar el alcance de alguno de los temores que señala la abogada Altamira Gonzalo desde la asociación de Mujeres Juristas Themis. Gonzalo alerta de que el incremento puede esconder el intento de algunos hombres “de evitar el pago de pensiones y la cesión del uso del domicilio familiar”. La abogada tira de datos: el 90% de las excedencias para el cuidado de hijos y otros familiares (22.078 de 24.520, según los últimos datos disponibles de la Seguridad Social del primer semestre de 2018) las cogen las mujeres. “¿Quién me convence de que quien no se corresponsabiliza durante la convivencia puede y quiere hacerlo después de la ruptura?”, se pregunta.

Julio Martínez Zahonero, juez de Primera Instancia del Juzgado Número 5 de Avilés y coordinador de Jueces para la Democracia en Asturias, subraya la importancia de estudiar caso por caso. “Establezca lo que establezca la ley, un juez siempre estudiará el caso particular”, añade. Javier Pérez Martín, titular del Juzgado de Primera Instancia Número 7 de Córdoba, coincide con él y también huye de las generalidades. “El Supremo establece que lo ideal para otorgar la custodia compartida es que los padres vivan en la misma ciudad —en un radio de unos 50 kilómetros— y que tengan buena comunicación, que sean capaces de hablar de las cuestiones que afectan al menor”, añade. “En estos casos, según mi experiencia, si las relaciones son cordiales, es lo mejor para los hijos”.

EL 75% DE LAS SEPARACIONES SON DE MUTUO ACUERDO

Un total de 102.341 parejas se divorciaron, separaron u obtuvieron la nulidad civil el pasado año. Suponen un ligero incremento (1%) sobre los de 2016, según las cifras facilitadas este lunes por el Instituto Nacional de Estadística (INE), cuyos datos permiten hacer un retrato robot de cómo sería el divorciado tipo. Se trata de cónyuges españoles mayores de 45 años que se separan por primera vez tras llegar al matrimonio solteros, que en la mayoría de los casos tienen hijos y que deciden rehacer sus vidas por separado de mutuo acuerdo.

El grueso de los procedimientos recogidos por el INE son divorcios, con 97.960 (95,7%), seguidos de 4.280 separaciones y 100 nulidades. En tres de cada cuatro ocasiones se trata de divorcios de mutuo acuerdo. La duración media de los matrimonios hasta la fecha de su disolución fue de 16,6 años, cifra ligeramente superior a la de 2016 (16,3 años). En uno de cada tres casos las parejas se divorciaron después de 20 años o más de matrimonio y el 21%, tras una convivencia de entre cinco y nueve años.

El 75% de los divorcios se resolvió en menos de seis meses. La duración media de los procedimientos de los de mutuo acuerdo fue de 3,2 meses, mientras que la de los que entraron en litigio alcanzó los 9,8 meses.

El mayor número de divorcios entre cónyuges de diferente sexo tuvo lugar en la franja de edad de entre los 40 y 49 años, tanto en hombres como en mujeres. La edad media de las mujeres que se divorciaron fue de 45 años, mientras que la de los hombres fue 47,4, similares a las registradas en 2016.

El 82,8% del total de los divorcios registrados en 2017 tuvo lugar entre cónyuges de nacionalidad española. Además, la mayoría eran solteros cuando contrajeron matrimonio.

El 46% de los matrimonios separados y divorciados son padres y madres de menores de edad. El 43,3% de ellos no tenían hijos. En más de la mitad de los casos (57%) se asignó una pensión alimenticia que correspondió fundamentalmente al padre (71%), en uno de cada cuatro casos a ambos cónyuges y, de forma excepcional, a la madre (4,5%).

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